ÁMBITO OBJETIVO DEL CANAL DE COMUNICACIONES

¿Qué tipo de irregularidades pueden ser objeto de comunicación?

El ámbito objetivo de aplicación del Canal de Comunicaciones abarca todas aquellas conductas que vulneren la normativa interna de la Diócesis de Jaén, sus políticas, el Código Ético y especialmente aquellas:

a) Que se encuentren tipificadas como constitutivas de delito en el Código Penal.

b) Que supongan una infracción de carácter administrativa.

c) Que puedan atribuir responsabilidad o cualquier clase de perjuicio, o descredito a la Diócesis de Jaén.

d) Cualquier información, conocimiento, experiencia, o cualquier otra circunstancia que la persona sujeta o vinculada, considere oportuno o conveniente poner en conocimiento de la Diócesis de Jaén por tener relación directa con asuntos éticos de la gestión interna de la misma y/o de cumplimiento normativo.

Estas acciones o conductas tienen que ser atribuibles a cualquier persona, Diócesis de Jaén o entidad vinculada a la misma. Consecuentemente con ello, el Canal de Comunicaciones puede ser utilizado por todos los organismos y empleados de la Diócesis de Jaén, con independencia de cuál sea la modalidad jurídica que determine su relación laboral o de servicios, los proveedores, los patro­cinadores, los colaboradores, los agentes, y los miembros de los diferentes órganos colegiados de la diócesis, quienes deberán comunicar, a través del Canal de Comunicaciones, cualquier irregularidad o incumplimiento de los que tengan conocimiento y que esté incluido en su ámbito objetivo. Igualmente, se facilita este Canal para poder formular cualquier consulta de tipo ético a la Diócesis de Jaén, con relación a los valores, principios, normas o criterios contenidos en su Código Ético, o cualquier otra normativa interna de la misma.

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